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Un Decreto regulará el régimen de las empresas de inserción y el procedimiento para su calificación



Viernes 24 de julio de 2009.
 

El Gobierno de Aragón ha aprobado un Decreto que tiene por objeto regular el régimen jurídico de las empresas de inserción y establecer un marco que promueva la incorporación laboral de personas en situación de exclusión social a través del empleo.

El Inaem se encargará de efectuar el seguimiento y procesos de inserción sociolaboral de los trabajadores Zaragoza.- El Gobierno de Aragón, a propuesta del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, ha aprobado este martes un Decreto que regulará el régimen jurídico de las empresas de inserción y establecerá un marco que promueva la incorporación laboral de personas en situación de exclusión social a través del empleo.

Aragón ha sido una de las Comunidades pioneras en el desarrollo de la normativa referida a las empresas de inserción que trabajan con personas en riesgo de exclusión social.

Con este nuevo decreto se pretende regular a nivel autonómico los requisitos necesarios para que una empresa sea calificada como tal, en sintonía con lo establecido con la normativa nacional. Las empresas de inserción son aquellas que, debidamente calificadas como tales por el Instituto Aragonés de Empleo, realicen cualquier actividad económica de producción de bienes o prestación de servicios y cuyo objeto social tenga como fin la integración sociolaboral de personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo.

Este tipo de organizaciones deberán proporcionar a sus trabajadores procedentes de situaciones de exclusión procesos personalizados y asistidos de trabajado remunerados, formación en el puesto de trabajo y habituación laboral y social. Asimismo, estas empresas deberán tener servicios de intervención o acompañamiento para la inserción sociolaboral que faciliten su posterior incorporación al mercado de trabajo ordinario.

Para poder obtener la calificación como empresa de inserción habrá que acreditarse en el cumplimento de los siguientes requisitos: en primer lugar, pueden ser entidades promotoras de empresas de inserción aquellas entidades sin ánimo de lucro, asociaciones sin fines lucrativos y fundaciones cuyo objeto social contemple la inserción social de personas especialmente desfavorecidas; por otra parte, debe estar constituida legalmente y encontrase inscrita en el Registro correspondiente; también se debe presentar un balance anual y social de la actividad de la empresa que incluya la memoria económica y social, la información sobre la composición de la plantilla, las tareas realizadas y el grado de inserción en el mercado laboral; hay que contar con los medios necesarios para cumplir con los compromisos derivados de los itinerarios de inserción laboral

A través de este decreto, el Instituto Aragonés de Empleo se encargará de efectuar el seguimiento que le corresponda de los itinerarios y procesos de inserción sociolaboral de los trabajadores, proporcionar servicios de orientación y formación para el empleo.